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Introducción del divorcio vincular, reconocimiento de los efectos civiles del matrimonio religioso y de nuevos institutos como la compensación económica, son algunas de las materias que incorporó la Ley de Matrimonio Civil en Chile, que cumplió 20 años de implementación en el país.
Para conmemorar este hito, el Centro de Derecho de las Minorías y Gestión de la Diversidad (Cedemi) de la Universidad de Talca, organizó un seminario que reunió a especialistas en el tema, quienes analizaron los principales avances y desafíos derivados de la mencionada normativa. El decano de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la UTalca, Iván Obando Camino, expresó que dicho cuerpo legal “marcó un antes y un después en lo que es la regulación de las relaciones de matrimonio, cuyas normas estaban bastante obsoletas. Este seminario es una oportunidad para hacer una revisión a los avances de esta nueva ley y reflexionar sobre actualizaciones de la misma”. Por su parte, el director de CEDEMI, Jorge del Picó Rubio, dijo que “las principales diferencias entre esta ley y la anterior son: la introducción del divorcio vincular, el reconocimiento de los efectos civiles al matrimonio religioso, se agregaron institutos nuevos como, por ejemplo, la compensación económica, algunos principios informadores relevantes como el principio del interés superior del niño, niña y adolescente y el principio del interés superior del cónyuge más débil”. En tanto, la abogada integrante de la Corte Suprema y profesora de Derecho de Familia, Leonor Etcheberry Court, abordó algunos aspectos asociados a la compensación económica en que se han observado problemas. A modo de ejemplo, la académica mencionó “elementos más modernos, como por ejemplo, la convivencia previa, que ahora es muy usual, por lo tanto, hay una discusión sobre si se toma en cuenta o no y también un poco respecto a ponerle un monto al trabajo al interior del hogar, entre otros elementos”. Por su parte, la directora del Programa de Derechos en las Relaciones de Familia del Cedemi, Marcela Acuña San Martín, señaló que “esta es una ley que al mismo tiempo que ha fortalecido el derecho a contraer matrimonio y los requisitos para ello, también ha venido a dar salida legitima a una serie de situaciones reales de término de la vida conyugal, sin desatender la situación de los hijos y del cónyuge que pueda resultar más desfavorecido”. Respecto a los desafíos de la misma, aseguró que “es dar rápida solución a las rupturas y ello significa disminuir los tiempos previstos para solicitar el divorcio, los cuales van de uno a tres años. No resulta saludable ni para los cónyuges, ni para los hijos, ni para las nuevas relaciones familiares que se generan después de una separación, mantener una barrera temporal tan amplia para poder solicitar el divorcio”. |
Equipo Prensa
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