- Recientemente fue promulgada la Ley 21.642, que modifica la normativa 19.419 y establece reglas más claras y estrictas respecto al uso y comercialización de los dispositivos conocidos como “vapeo”. Esta regulación contempla tanto a cigarrillos electrónicos con o sin nicotina, como a los productos de tabaco calentado.
Su incorporación ha sido valorada como un avance significativo en la protección de la salud respiratoria de la población, especialmente de niños, niñas y adolescentes, ya que prohíbe la venta de estos insumos a menores de edad, regula su publicidad y restringe su promoción, reforzando así el enfoque preventivo de la política de salud pública.
Esta medida cobra especial relevancia si se considera que su uso se ha masificado entre los jóvenes, instalándose en el imaginario colectivo la percepción errónea de que son inofensivos. Sin embargo, la evidencia científica es clara: los aerosoles generados por estos dispositivos contienen compuestos tóxicos que pueden causar un daño significativo en los pulmones.
Desde la kinesiología, como disciplina comprometida con la promoción de la salud respiratoria, se valora profundamente la promulgación de esta ley, ya que no se trata de una medida meramente prohibitiva, sino de una acción preventiva que busca resguardar el bienestar de las nuevas generaciones frente a un riesgo emergente.
Es fundamental que padres, madres, docentes, profesionales de la salud y las comunidades en general, abran espacios de diálogo con los adolescentes. Conversar sobre estos temas permite tomar decisiones más informadas y conscientes, y contribuir a la construcción de entornos saludables para todos.